Recientemente el Servicio de Administración tributaria (SAT) a través de “cartas de orientación”, ha contactado a diversos contribuyentes obligados a dar cumplimiento a las obligaciones Actividades Vulnerables y se encuentran regulados en la Ley Federal para Prevenir Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, a continuación, comunicado por la propia autoridad.
Hay que recordar los sectores económicos a los que se les conoce como Actividades Vulnerables y se encuentran regulados en la Ley Federal para Prevenir Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, también conocida como Ley Antilavado, mismos que nos permitimos relacionar a continuación junto con sus límites de cumplimiento Multas:
Estas Actividades Vulnerables, dentro de sus obligaciones, es darse de alta en el padrón e informar de las operaciones que realicen al supervisor que para estos efectos es el Servicio de Administración Tributaria (SAT), que se encarga de recabar y enviar la información de estas operaciones a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).
Como se puede observar las actividades vulnerables son giros u operaciones muy diversas, y en muchos de los muy comunes, como son los préstamos, las operaciones inmobiliarias, los arrendamientos, la venta de autos, las asociaciones sin fines de lucro, entre otros.
De lo anterior, si algún contribuyente se encuentra realizando alguna de las actividades por arriba de los umbrales de identificación de la tabla anterior, debe verificar si el cumplimiento de esta ley antilavado se encuentra llevándose a cabo de manera correcta.
Como lo mencionamos al principio en este comunicado en días pasados el SAT, mediante un comunicado detectó que muchos sujetos obligados dados de alta en el padrón cuentan con incumplimientos en la presentación de avisos. Lo que consecuentemente puede derivar en una situación de Multas mismas que son bastante elevadas.
Es importante que, si en tu buzón tributario se advierten este tipo de comunicado, sea analizado y atendido a la brevedad, con el fin de evitar posibles contingencias económicas. Además, reiterar que se revise el correcto cumplimiento de esta Ley, debido a que sus obligaciones no solo se componen del envío de avisos, sino también de la integración expedientes de clientes con diversa documentación y firmas con el fin de identificar áreas de oportunidad que pueden tener los sujetos obligados para su cumplimiento oportuno, y consecuentemente evitar multas que pueden llegar a ser muy cuantiosas.
En Núñez Rosas estamos a sus órdenes para acompañarlos a través de nuestras alianzas estratégicas, con el fin de que tengan estos expedientes completos, con información actualizada con el objetivo de evitar las posibles sanciones por incumplimiento o por falta de información tal y como se contempla en las disposiciones legales.
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